En el sistema
jurídico español, un Real Decreto es una
norma jurídica con rango de
reglamento, que emana del
poder ejecutivo (el
Gobierno), en nombre del
Rey de España, y en virtud de las competencias prescritas en la
Constitución. No obstante, no hay que confundir el contenido con la forma de aprobación: los actos que emanan del Consejo de Ministros adquieren la forma de Real Decreto (que es, por tanto, la forma en que se reviste el acto); pero no todo Real Decreto es un Reglamento (ello dependerá del contenido). En cualquier caso, el Real Decreto se sitúa en el orden de prelación de las normas jurídicas inmediatamente después de las normas con rango de
Ley y antes de la
Orden ministerial.
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